Se trata de los medicamentos de venta libre y es por un fallo de Mendoza. El Juzgado Federal N°2 de esa provincia, dispuso la suspensión de los artículos del DNU 70/2023 del Gobierno Nacional, que autorizaban la venta de medicamentos sin receta fuera de las farmacias y el expendio de fármacos sin la presencia de un profesional matriculado.

Hizo lugar a un recurso de amparo que había presentado el Colegio de Farmacéuticos de Mendoza y será de aplicación en todo el país. Los artículos permitían la venta de medicamentos de “expendio libre” en establecimientos no especializados, como kioscos. La medida cautelar del Juzgado Federal N°2 restituye así la plena vigencia del artículo 1 de la ley 17565 de 1967, que restringe la venta de estos medicamentos exclusivamente a farmacias. Esta decisión judicial es parte de una serie de acciones legales impulsadas por colectivos de farmacéuticos que alegan que la desregulación afecta puestos de trabajo y derechos laborales, sanitarios y sindicales.

La Justicia Federal de Mendoza dispuso, por un lado, suspender los artículos que habilitaban el expendio de fármacos sin recetas, también llamados de venta libre, fuera de las farmacias por lo que ahora deberán “ser dispensados exclusivamente en farmacias.

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