La Dirección de Seguridad Náutica de Córdoba oficializó una prohibición total de navegación en ríos, arroyos y cursos de agua similares en toda la provincia, según la Resolución N° 1120 publicada en el Boletín Oficial. La medida alcanza a kayaks, canoas y cualquier tipo de embarcación o dispositivo de flotación, salvo en el caso de eventos náuticos deportivos previamente autorizados.
La decisión fue tomada tras un análisis del organismo, dependiente del Ministerio de Seguridad provincial, que fundamentó la restricción en la necesidad de proteger la vida y la integridad física de las personas ante los riesgos propios de la actividad náutica en estos ámbitos.
La resolución se apoya en la Ley 11005 de Seguridad Náutica, que faculta a la Dirección a limitar o impedir la navegación cuando las condiciones de seguridad lo requieran. En este marco, se determinó que los ríos y arroyos cordobeses no reúnen las condiciones necesarias para una navegación segura debido a múltiples factores.
Entre los riesgos señalados figuran el régimen irregular de caudales, las crecidas repentinas, los cambios abruptos en el nivel del agua y la presencia de piedras irregulares o móviles en el lecho. También se advierte que muchos cauces carecen de profundidad suficiente y presentan obstáculos como diques y presas, lo que incrementa aún más la peligrosidad.
La medida se conoce en vísperas de la temporada de verano, cuando la concurrencia a los ríos cordobeses aumenta notablemente. Según el organismo, la combinación de embarcaciones y bañistas genera un escenario de alto riesgo, ya que una embarcación podría ser arrastrada por una crecida o impactar a personas en el agua.

